miércoles, 2 de septiembre de 2015

Pregunta 5. Nicole Sabelle

Hola compañeros!!!

El día de hoy me toco responder la siguiente pregunta:
"Insertar temporalmente las etapas del tratamiento de prótesis fija en el contexto de un tratamiento rehabilitador integral" 

Por lo que para responder les haré un esquema con una línea de tiempo, para tener claro el orden que uno debe seguir para realizar las distintas etapas. 

Cabe recalcar que en un tratamiento integral es necesario tener lista las etapas de tratamiento periodontal, operatoria, endodoncias, cirugías  y luego uno puede comenzar la Prótesis Fija.








Bibliografia.

H.T. Shillimburg. “Fundamentos Esenciales en Prótesis Fija” Vol. 1. Editorial Quintessence, tercera edición.
J. Suárez Rivaya. “ Restauración de diente endodonciado. Diagnóstico y opciones terapéuticas”.











caso clínico Lukas R/ Sebastián S.

compañeros les dejo un video que explica nuestra decisión de rehabilitación del caso clínico del seminario 13.
ojala les guste




BIBLIOGRAFIA: 

Alonso, Albertini y Bechelli “Oclusión & Diagnóstico en Rehabilitación Oral”. Editorial Panamericana, 2003

J.J. Segura Egea: Reconstrucción del diente endodonciado: Propuesta de un protocolo restaurador basado en la evidencia. Endodoncia, vol. 19, No. 3. Sept. 2001.

Clase 4° año “Manejo del DET”, Prótesis Fija, Universidad de Chile, 2014.

Objetivo 3. Alternativas de reconstrucción protésica unitaria disponibles en la actualidad. Gonzalo Sánchez.

Hola todos.

A continuación comparto con ustedes el siguiente mapa conceptual que busca resumir uno de los objetivos de este seminario, el cual consiste en que podamos analizar las distintas alternativas de reconstrucción mediante PFU disponibles en la actualidad.


Como pueden ver las opciones son variadas y todo depende de un correcto diagnóstico que nos permita establecer el pronóstico que tendrá nuestro diente pilar, para que en base a esto podamos escoger la mejor alternativa de tratamiento.

¿Qué tipo de reconstrucción elegir?

Para responder a esto, según lo ya mostrado en el mapa conceptual, debemos tener en cuenta:
  • Presencia de remanente dentario y su pronóstico.
  • Altura del remanente dentario. Si esta es menor a 2/3 de la altura coronaria original necesitaremos un anclaje intra-coronario. A su vez si esta altura se encuentra entre los 2/3 y el 1/3 lo indicado es utilizar una espiga preformada, en caso contrario, una colada.
  • En caso de contar con espacio insuficiente para una corona periférica completa, lo indicado es una corona de sustitución.
  • Necesidad estética, siendo las coronas cerámicas de núcleo fortalecido las que mejor cumplen este requerimiento.
  • Presencia de parafunciones, lo que nos llevaría a escoger materiales con mayor resistencia a la fractura, lo cual no deja de ser cuestionable debido a mayor resistencia del material, mayor probabilidad de fractura del diente remanente.
  • Recursos económicos, teniendo en cuenta la diferencia de costos de fabricación entre, por ejemplo, una corona fabricada de Procera Alúmina mediante CAD/CAM y una Metal-Cerámica. 
Bibliografía




martes, 1 de septiembre de 2015

Objetivo 2: Principales indicaciones para prótesis fija unitaria. Ma Ignacia Sarquis.

Queridos Compañeros!
En este post debo dejar claro cuáles son las Indicaciones para prótesis fija unitaria, ya que recibí el siguiente correo:
(Imágen en tamaño real AQUI)

 Por lo tanto, se me ocurrió hacer el siguiente Blog:

(Imagen en tamaño real AQUI)

Espero que les guste y les queden claras las indicaciones de PFU!
Quedo muy atenta a sus comentarios!

¡¡Saludos a todos!!

Referencias:
"FUNDAMENTOS BIOMECÁNICOS EN REHABILITACIÓN ORAL".Vol. 17, Núm. 1 (2005). Becerra S.

Pregunta 4: Importancia de los provisionales Sebastián Sánchez.

Hola a todos!

En esta oportunidad me ha tocado hablar acerca de la importancia que presentan los provisionales para el tratamiento en base a prótesis fija. Les dejo un diagrama que elaboré para que sirva como ayuda memoria. Espero les guste!


Saludos !!

Bibliografía:

Burns D, Beck D, Nelson S. (2003). A review of selected dental literature on contemporary provisional fixed prosthodontic treatment: Report of the Committee on Research in Fixed Prosthodontics of the Academy of Fixed Prosthodontics. J Prosthet Dent: 90: 474-97.

Lukas Rodríguez Pregunta 1


hola compañeros,
acá les dejo un videito que trata sobre la pregunta 1 del seminario 13.


1.      Reflexionar sobre la importancia del encerado de diagnostico para la reconstrucción protésica fija para la planificación de tratamiento











¡Bermudez J, Dominguez S. Encerado de diagnostico para el sector anterior. Revista de especialidades odontológicas. Volumen 1, Num. 1-2, Epub Junio 2012


martes, 25 de agosto de 2015

Pregunta 5: ¿Qué responsabilidad legal tenemos ante una emergencia o urgencia odontológica? Sebastián Sánchez.

Hola a todos!

En esta ocasión me ha tocado responder a la pregunta ¿Qué responsabilidad legal tenemos ante una emergencia o urgencia odontológica?. Para responder a esta pregunta, le hice una pequeña entrevista al Dr. Luis Ciocca, académico de la facultad y un experto en temas de medicina legal odontológica. Les dejo su respuesta a continuación.

"Toda persona tiene la obligación y responsabilidad legal de responder por un mal causado. En el caso de los profesionales de la salud , dicha responsabilidad nace del artículo 491 del Código Penal. Se responde con cárcel y/o indemnizaciones económicas. Hasta ahora, en Chile todas las sanciones de cárcel han sido remitidas. Las indemnizaciones civiles pueden estar cubiertas por seguros.
Pero todo lo anterior corre cuando se ha causado un mal (por negligencia, imprudencia, impericia, o por no cumplir ciertos reglamentos), es decir, si se ha actuado con culpa, sin intención de producir un mal, pero aunque no haya intención, el daño se ha producido y hay que castigarlo.
Sin embargo, cuando se cumple con la lex artis, es decir se hace todo bien: anamnesis, tratamiento correcto, etc.; además se tienen los recursos para enfrentar la contingencia producida, y si ocurre algo, incluso la muerte del paciente, no hay ninguna responsabilidad. Aunque con toda seguridad habrá investigación, sumarios,prensa TV, etc. Por ejemplo, en un shock anafiláctico que ocurre de imprevisto, pero tú estas preparado para enfrentarlo (ej: tener botiquín de emergencia), o bien en un paciente diabético que sufre un shock hipoglicémico, pero tú hiciste una buena anamnesis y conoces sus niveles de glicemia, etc, de todos modos estarías a cubierto."

Para complementar lo dicho por el Dr. Ciocca, se puede decir que la urgencia dental forma parte de las patologías GES. En el GES N° 46 dice: "Urgencia odontológica ambulatoria, que establece que la atención dental en situaciones de urgencia debe brindar las garantías de acceso, oportunidad y protección financiera al paciente. En caso de que algún profesional no atienda la urgencia dental como GES o no se le informe al paciente de esta garantía, el profesional estará incurriendo en un delito."

La ley de urgencias N° 19.650 establece que no debe existir la exigencia de un pago previo para el otorgamiento de prestaciones médicas de urgencia. Además, el artículo 12 de esta ley también establece la responsabilidad del profesional en aquellos casos de urgencia o emergencia en que no ha podido ejercerse plenamente la libertad para elegir el establecimiento asistencial de salud, el derecho de los pacientes a ser trasladados a otro establecimiento de salud de mayor complejidad luego de su estabilización, y es OBLIGACIÓN del profesional informar sobre ese derecho, sus condiciones y circunstancias y proceder a la derivación o traslado apenas ello sea factible.

Espero haya quedado lo mas claro posible,

Saludos!

Bibliografía: